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MEJORANDO LOS DERECHOS RECONOCIDOS EN LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PERMISOS RETRIBUIDOS

Permiso retribuido por el tiempo indispensable para la persona progenitora distinta de la madre, para el acompañamiento a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.


Favorecer que las personas trabajadoras con necesidades de conciliación se acojan a la adaptación de jornada frente a la reducción de jornada, de manera preferente. 


Acumulación a jornadas completas de la reducción de jornada por guarda legal, segun lo recoja el convenio colectivo o el plan de igualdad. 


Se flexibiliza el disfrute de permisos especialmente relacionados con el cuidado de hijos e hijas, mejorando lo dispuesto en el convenio colectivo. 


Mejoras en los derechos de conciliación que tienen que ver con la flexibilidad horaria y permisos retribuidos.


Se conceden permisos retribuidos por el tiempo imprescindible para las trabajadoras en tratamiento de técnicas de reproducción asistida, con un límite de 4 días al año.


Se establece un permiso retribuido para el tiempo necesario para las tutorías del centro de estudios de las y los menores, con un límite de 3 tutorías por curso.


Permisos retribuidos por el tiempo indispensable para la realización de gestiones previas a las adopciones y acogimiento.


Permiso retribuido de hasta cuatro horas anuales (por cada persona a cargo) para las personas trabajadoras con descendientes menores de 16 años, o con personas dependientes a su cargo, para atender situaciones que exijan su presencia (situaciones derivadas de la escolarización o dependencia).


Aumento del permiso de lactancia compactada en 2 días sobre lo legalmente establecido. Este permiso se disfrutará en días completos, sin posibilidad de fraccionarlo.


Posibilidad de acumular las vacaciones, incluso del año anterior, tras el permiso de lactancia.


Conceder permisos no retribuidos recuperables por el tiempo necesario para las trabajadoras y trabajadores en tratamientos de técnicas de reproducción asistida.


Considerar como retribuidos los permisos para acompañar a consultas médicas a menores, o mayores de 65 años y personas dependientes, con criterios debidamente justificados.